Df �nica TR. Disposiciones legales en materia de tributos cedidos
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»D.F. UNICA. Entrada en vigor.
Vigente
El presente decreto legislativo y el texto refundido que aprueba entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Dado en Oviedo, a veintidós de octubre de dos mil catorce.-El Presidente del Principado de Asturias, Javier Fernández Fernández.-La Consejera de Hacienda y Sector Público, Dolores Carcedo García.-Cód. 2014-18057.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-10-2014 en vigor desde 30-10-2014