Df única Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. Única.
Vigente
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", si bien surtirá efecto desde el uno de enero de dos mil dos.
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Madrid, 23 de mayo de 2002.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-05-2002 en vigor desde 25-05-2002