Df única Ley del Instituto Catalán de Finanzas
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Este Decreto legislativo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Por lo tanto, ordeno que toda la ciudadanía a la que sea de aplicación este Decreto legislativo coopere en su cumplimiento y que los tribunales y las autoridades a las que corresponda lo hagan cumplir.
Barcelona, 26 de julio de 2022
Pere Aragonès i Garcia
Presidente de la Generalitat de Catalunya
Jaume Giró i Ribas
Consejero de Economía y Hacienda
