Df única Modificación de la Ley del Taxi
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»D.F. Única. Entrada en vigor.
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La presente Ley Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra con los efectos en ella previstos.
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al "Boletín Oficial del Estado" y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 2 de julio de 2013.-La Presidenta del Gobierno de Navarra, Yolanda Barcina Angulo.
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