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D.F. UNICA. Entrada en vigor.

Vigente

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La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Por tanto, mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de diciembre de 2014.

EL PRESIDENTE,

Paulino Rivero Baute.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-01-2015 en vigor desde 08-01-2015