Df única Venta directa de productos ligados a la explotación agraria y ganadera
- Norma derogada desde el 22 de marzo de 2023. - Ley 5/2023 de 9 de Mar C.A. Navarra (Canales cortos de comercialización agroalimentaria)
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»D.F. UNICA.
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La presente Ley Foral entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al "Boletín Oficial del Estado" y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 20 de abril de 2010. -El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.
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