Disposición final segunda. DF. 22/2024, de 6 de marzo, Navarra, Áreas de pernocta del turismo itinerante de autocaravanas, caravanas en tránsito y similares
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»Disposición final segunda.-Facultades para la modificación o actualización de los anexos.
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Se faculta a la persona titular del departamento competente en materia de turismo para modificar o actualizar, mediante orden foral, los contenidos establecidos en los anexos de este decreto foral.
