Directiva 91/689/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a los residuos peligrosos - Diario Oficial de la Unión Europea de 31-12-1991
- Ámbito: Doue
- Estado: DEROGADO desde 12 de Diciembre de 2010 por Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de noviembre de 2008 sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas
- Fecha de entrada en vigor: 31/12/1991
- Órgano Emisor: Consejo De La Union Europea
- Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 377
- Fecha de Publicación: 31/12/1991
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 130 S,
Vista la propuesta de la Comisión (1),
(1)DO n° C 295 de 19. 11. 1988, p. 8 y DO n° C 42 de 22. 2. 1990, p. 19.
Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),
(2) DO n° C 158 de 26. 6. 1989, p. 238.
Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3),
(3)DO n° C 56 de 6. 3. 1989, p. 2.
Considerando que la Directiva 78/319/CEE del Consejo, de 20 de marzo de 1978, relativa a los residuos tóxicos y peligrosos (4) estableció normas comunitarias para la eliminación de residuos peligrosos; que para dar cabida a las experiencias adquiridas por los Estados miembros en la aplicación de dicha Directiva, es necesario modificar dichas normas y sustituir la Directiva 78/319/CEE por la presente Directiva;
(4) DO n° L 84 de 31. 3. 1978, p. 43.
Considerando que la Resolución del Consejo de 7 de mayo de 1990 sobre la política en materia de residuos (5) y el programa de acción de las Comunidades Europeas en materia de medio ambiente, objeto de la Resolución del Consejo de las Comunidades Europeas y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 19 de octubre de 1987, relativa a la continuación y aplicación de una política y de un programa de acción de las Comunidades Europeas en materia de medio ambiente (1987-1992) (6), contempla medidas para mejorar las condiciones de eliminación y gestión de residuos peligrosos;
(5) DO n° C 122 de 18. 5. 1990, p. 2.
(6) DO n° C 328 de 7. 12. 1987, p. 1.
Considerando que la normativa general aplicable a la gestión de residuos contenida en la Directiva 75/442/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1975, sobre residuos (7), modificada por la Directiva 91/156/CEE (8), también es de aplicación a la gestión de residuos peligrosos;
(7) DO n° L 194 de 25. 7. 1975, p. 47.
(8) DO n° L 78 de 26. 3. 1991, p. 32.
Considerando que una adecuada gestión de residuos peligrosos requiere una normativa complementaria más estricta para tener en cuenta las especiales características de dichos residuos;
Considerando que, para mejorar la eficacia de la gestión de residuos peligrosos en la Comunidad, es necesario utilizar una definición precisa y uniforme de los residuos peligrosos basada en la experiencia;
Considerando que es necesario garantizar que la eliminación y recuperación de residuos peligrosos se controle lo más plenamente posible;
Considerando que la adaptación al progreso científico y técnico de la presente Directiva debe poder efectuarse rápidamente y que el Comité creado mediante la Directiva 75/442/CEE debe estar asimismo facultado para adaptar igualmente las disposiciones de la presente Directiva,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA: