Directiva (UE) 2025/2205 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2025, sobre el permiso de conducción, por la que se modifican el Reglamento (UE) 2018/1724 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva (UE) 2022/2561 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (UE) n.° 383/2012 de la Comisión (Texto pertinente a efectos del EEE) - Diario Oficial de la Unión Europea de 05-11-2025
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Ambito: DOUE
Estado: VIGENTE. Validez desde 25 de Noviembre de 2025
F. entrada en vigor: 25/11/2025
Órgano emisor: Parlamento Europeo y Consejo
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 2205
F. Publicación: 05/11/2025
Documento oficial en PDF: Enlace
Preambulo
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 2. Definiciones
Artículo 3. Especificaciones normalizadas de la Unión sobre el permiso de conducción y el reconocimiento recíproco
Artículo 4. Permisos de conducción físicos
Artículo 5. Permisos de conducción móviles
Artículo 6. Categorías de permisos de conducción
Artículo 7. Edades mínimas
Artículo 8. Condiciones y restricciones
Artículo 9. Acceso progresivo y equivalencias entre categorías
Artículo 10. Expedición, validez y renovación
Artículo 11. Cumplimiento de las condiciones mínimas de aptitud física y mental
Artículo 12. Prórroga de la validez en caso de crisis
Artículo 13. Canje y sustitución de los permisos de conducción expedidos por los Estados miembros
Artículo 14. Acreditación del derecho a conducir durante el canje o la sustitución
Artículo 15. Canje de permisos de conducción expedidos por terceros países
Artículo 15 bis. Obligación de notificar una privación del derecho a conducir
Artículo 15 ter. Especificaciones relativas a la lengua del certificado normalizado de privación del derecho a conducir
Artículo 15 quater. Obligación del Estado miembro de expedición de ejecutar una privación del derecho a conducir impuesta por el Estado miembro de la infracción
Artículo 15 quinquies. Ejecución de una privación del derecho a conducir notificada al Estado miembro de expedición
Artículo 15 sexies. Motivos de exención
Artículo 15 septies. Información que deben intercambiarse los Estados miembros al ejecutar una privación del derecho a conducir impuesta por un Estado miembro distinto del Estado miembro de expedición o del Estado miembro de residencia normal
Artículo 15 octies. Información que debe facilitarse a la persona que sea objeto de una privación del derecho a conducir impuesta por un Estado miembro distinto del Estado miembro de expedición o del Estado miembro de residencia normal y vías de recurso disponibles
Artículo 16. Efectos de la anulación, retirada, suspensión o restricción del derecho de una persona a conducir un vehículo de motor, de su permiso de conducción o del reconocimiento de la validez de su permiso de conducción
Artículo 17. Sistema de conducción acompañada
Artículo 18. Período de prueba
Artículo 19. Examinadores
Artículo 20. Residencia normal
Artículo 21. Equivalencias entre permisos de conducción distintos del modelo de la Unión
Artículo 22. Asistencia mutua y red del permiso de conducción de la UE
Artículo 23. Presentación de informes por los Estados miembros
Artículo 24. Revisión e informes de la Comisión
Artículo 25. Ejercicio de la delegación
Artículo 26. Procedimiento de comité
Artículo 27. Modificaciones de la Directiva (UE) 2022/2561
Artículo 28. Modificaciones del Reglamento (UE) 2018/1724
Artículo 29. Transposición
Artículo 30. Derogación
Artículo 31. Entrada en vigor
Artículo 32. Destinatarios
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III
ANEXO IV
ANEXO V
ANEXO VI
ANEXO VII
