Directriz 35 Directrices de Ordenación General y del Turismo
Directriz 35. Criterios de planificación. (NAD)
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Las intervenciones en materia de energía se realizarán conforme a lo establecido en el Plan Energético de Canarias y de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Potenciar el ahorro energético y el uso eficiente de la energía.
b) Aplicar políticas de gestión de la demanda para satisfacer adecuadamente la demanda energética de los sistemas productivos y del sector doméstico, incorporando el agua como vector energético.
c) Alcanzar la mayor integración ambiental de las instalaciones de producción y transporte de la energía.
d) Recurrir en forma creciente a las energías renovables.
e) Maximizar la seguridad del abastecimiento de productos energéticos a las islas.
2. Se elaborarán unas Directrices de Ordenación del Sector Energético, conforme a los criterios de diseño de estas Directrices, que se enmarcarán en las políticas definidas en el Plan Energético de Canarias, sin perjuicio de la directa aplicación de éste, teniendo como objetivos fundamentales la potenciación del ahorro y la eficiencia en el uso de la energía, la limitación de las emisiones de anhídrido carbónico y el impulso a la utilización de las energías renovables, estableciendo el objetivo del consumo interno bruto de energía a satisfacer con fuentes renovables.
3. Las administraciones públicas fomentarán la diversificación de las fuentes de energía, incorporando la utilización del gas natural como combustible para la producción de energía eléctrica y facilitando su uso energético directo por las empresas y hogares.
4. Las administraciones públicas fomentarán la cogeneración para la producción simultánea de energía térmica y eléctrica, consiguiendo ahorro energético y reduciendo las emisiones globales de anhídrido carbónico.
