Directriz 5 Directrices d...el Turismo

Directriz 5 Directrices de Ordenación General y del Turismo

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Directriz 5. Aplicación y desarrollo. (NAD)

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1. El desarrollo y aplicación de las presentes Directrices se llevará a cabo mediante el cumplimiento de sus determinaciones de directa aplicación y la elaboración de Directrices de Ordenación sectoriales, Planes Insulares de Ordenación, Planes y Normas de Espacios Naturales Protegidos, Planes Territoriales Parciales y Especiales, Planes Generales de Ordenación, restantes figuras del planeamiento urbanístico y otras disposiciones generales.

2. Se formularán Directrices de Ordenación sectoriales para la ordenación de aquellos ámbitos que considere oportuno el Gobierno de Canarias y al menos para la ordenación de la calidad ambiental, infraestructuras, energía, residuos, patrimonio cultural, paisaje, suelo agrario, vivienda y litoral.

3. Cualquiera que sea el ámbito de las Directrices de Ordenación sectoriales, su formulación atenderá en todo caso a los siguientes objetivos globales:

a) Estimular y favorecer la eficiente articulación e integración del archipiélago.

b) Promover su competitividad económica.

c) Fomentar la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos.

d) Fortalecer la inserción de Canarias en los ámbitos de los que forma parte y la vinculación de sus actividades con el espacio europeo, con el ámbito americano, con el continente africano y, especialmente, con los restantes archipiélagos que componen la región macaronésica.