Directriz 53 Directrices ...el Turismo

Directriz 53 Directrices de Ordenación General y del Turismo

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Directriz 53. Elementos del sistema. (ND)

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1. El planeamiento deberá considerar el sistema territorial integrado al menos por los siguientes elementos:

a) El sistema urbano, formado por las ciudades y los núcleos urbanos en el medio rural, así como por los espacios destinados a las actividades económicas, incluidas las zonas turísticas.

b) El sistema rural, constituido por los espacios excluidos de los procesos de urbanización por su valor como espacio vacío o por razones económicas y ambientales, incluidos los espacios protegidos y los paisajes naturales y culturales.

c) El sistema de infraestructuras y servicios, compuesto por las grandes infraestructuras, equipamientos estructurantes y sistemas generales de relevancia territorial.

2. Los sistemas urbanos insulares se basarán en el reconocimiento de las características de los diferentes núcleos urbanos, pudiendo distinguir:

a) Núcleos I, centros de especial concentración de servicios de nivel autonómico, integrados por las áreas metropolitanas capitalinas de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria.

b) Núcleos II, principales centros de servicios de nivel insular. Tendrán esta consideración el resto de las capitales insulares, así como aquellos núcleos que desde la ordenación insular se definan como núcleos de servicios para atender las necesidades de un ámbito territorial y poblacional amplio, superior en todo caso al del municipio.

c) Núcleos III, centros locales. Centros de concentración de servicios más inmediatos y menos especializados que los anteriores, destinados a un ámbito limitado a nivel municipal o de pequeña comarca aislada.

d) Núcleos IV, otros núcleos. Centros de servicios limitados a su propia población y la del entorno rural inmediato.

(NOTA: Se modifica el carácter de las normas de aplicación directa y de las normas directivas, estableciéndose un nuevo carácter de recomendación)

Modificaciones