Disposicion Adicional 1...-La Mancha

Disposicion Adicional . 1. Decreto 11/2026, de 23 de marzo, Castilla-La Mancha

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D.A. 1ª. Elaboración del plan de seguridad del paciente y gestión de riesgos en los centros y servicios sanitarios del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.

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Para los centros y servicios adscritos al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (en adelante, Sescam) el plan deberá alinearse con la estrategia y los objetivos definidos a nivel institucional. Este plan se comunicará por la dirección del centro o servicio a la dirección general competente en materia de seguridad del paciente, garantizando su integración y coherencia con las políticas de seguridad sanitaria regionales.

La elaboración del plan deberá cumplir con los requisitos mínimos establecidos en este decreto y promover una cultura de seguridad del paciente y mejora continua en la asistencia sanitaria, con el objetivo primordial de proteger a los pacientes y optimizar la calidad del servicio prestado.