Disposicion Adicional . 1ª. Vigencia de las inscripciones en el Registro de Personas Excluidas de Acceso al Juego de la Comunitat Valenciana.. DECRETO 77/2026, de 29 de mayo, C.Valenciana, directrices y los criterios que tienen que regir el desarrollo del sector del juego
D.A. 1ª. Vigencia de las inscripciones en el Registro de Personas Excluidas de Acceso al Juego de la Comunitat Valenciana.
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1. Las inscripciones en el Registro de Personas Excluidas de Acceso al Juego de la Comunitat Valenciana practicadas a solicitud de la persona interesada tendrán un límite mínimo de vigencia de seis meses y máximo de veinte años, a contar, en ambos casos, desde la fecha de presentación de la solicitud de inscripción, sin perjuicio de lo dispuesto en los siguientes apartados.
2. En las solicitudes de inscripción a las que se refiere el anterior apartado 1, el interesado podrá especificar un periodo de permanencia en el Registro de Personas Excluidas de Acceso al Juego de la Comunitat Valenciana dentro de los límites de vigencia establecidos en el mismo. Si el periodo de permanencia especificado por el interesado incumple por defecto la vigencia mínima, se aplicará el límite mínimo de seis meses. Si el periodo de permanencia especificado por el interesado incumple, por exceso, la vigencia máxima, o no se especifica periodo de permanencia alguno, se aplicará el límite máximo de veinte años. Transcurrido el plazo mínimo de permanencia de seis meses, el interesado podrá instar en cualquier momento la cancelación de las inscripciones realizadas a su solicitud, sin que resulte exigible el cumplimiento del periodo de permanencia indicado en la solicitud de inscripción.
3. Las inscripciones realizadas en virtud de resolución administrativa o judicial firme tendrán la vigencia temporal que se especifique en ellas.
4. En las inscripciones practicadas en virtud de solicitudes acompañadas de documentos de identificación en cuya renovación no se conserve el mismo número de documento, el límite máximo de vigencia de la inscripción será el de la validez del documento que acompañe a la solicitud.
