Disposicion Adicional . 1.ª Integración en el DOGC de los boletines oficiales de las provincias. Ley 2/2007, de 5 de junio, Cataluña, Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, DOGC
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»D.A. 1.ª Integración en el DOGC de los boletines oficiales de las provincias
Vigente
El DOGC puede integrar los boletines oficiales de las provincias de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona, previa aceptación de la respectiva diputación provincial. Realizada la integración, lo dispuesto en el artículo 2.1 se entiende sin perjuicio de la titularidad de los boletines oficiales de las provincias.

