Disposicion Adicional . 1ª. -Tipos de gravamen. NORMA FORAL 3/2026, de 18 de junio, Bizkaia, Impuesto sobre Estancias Turísticas en los municipios de Bizkaia
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»D.A. 1ª. -Tipos de gravamen
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En caso de que a la fecha de efectos de la presente Norma Foral no se hubieran fijado los tipos de gravamen previstos en su artículo 9 mediante la oportuna ordenanza fiscal, serán de aplicación los tipos máximos establecidos por cada tipo de establecimiento de alojamiento turístico.
En tal caso, las autoliquidaciones trimestrales deberán presentarse durante los veinticinco primeros días naturales del mes siguiente a la finalización del correspondiente periodo de liquidación trimestral.

