Disposicion Adicional 1...estos 2026

Disposicion Adicional . 18ª. Cuantía de la prestación para el mantenimiento de los gastos del hogar para determinados colectivos. Ley 10/2026, de 9 de julio, Cataluña, Presupuestos 2026

Ver Indice
»

D.A. 18ª. Cuantía de la prestación para el mantenimiento de los gastos del hogar para determinados colectivos

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. Los beneficiarios de la prestación para el mantenimiento de los gastos del hogar para determinados colectivos no pueden superar unos ingresos totales anuales, para el año 2026, iguales a la suma del 106% del indicador de renta de suficiencia más el importe anual de la prestación, fijado en 540 euros.

2. El importe mensual para los meses enteros del año 2026, con efecto desde el mes de enero, se fija en 45 euros para los beneficiarios que no perciben ingresos de ningún tipo que excedan el importe del 106 % del indicador de renta de suficiencia. Para las personas que perciben ingresos, en cómputo anual, superiores al 106 % del indicador de renta de suficiencia, y hasta el valor límite fijado por el apartado 1, dicho importe de 45 euros queda reducido en proporción con el importe de los ingresos, sin que, en ningún caso, pueda ser inferior a 6 euros mensuales.

3. Para el ejercicio 2026 se mantiene el mismo importe de la prestación para los beneficiarios que durante el año 2025 también lo percibieron, siempre que sus condiciones de acceso no hayan variado y que no superen unos ingresos totales anuales, para el año 2026, iguales a 15.000 euros con la prestación incluida.