Disposicion Adicional . 2ª. -Colaboración con registros públicos.. LEY FORAL 9/2026, de 20 de mayo, Navarra, Archivos, Gestión de Documentos y Patrimonio Documental
D.A. 2ª. -Colaboración con registros públicos.
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1. Al objeto de promover la difusión de las obligaciones que corresponden, como titulares del Patrimonio Documental de Navarra, a las entidades, fundaciones y asociaciones a las que se refiere el artículo 18.2 de esta ley foral, el departamento de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra competente en materia de archivos, gestión de documentos y patrimonio documental recabará la colaboración de los registros públicos encargados de dar publicidad de la existencia de dichas entidades, fundaciones y asociaciones.
2. A estos efectos, el departamento de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra competente en materia de archivos, gestión de documentos y patrimonio documental impulsará la suscripción de los instrumentos de colaboración pertinentes.
