Disposicion Adicional 20 Ley 5/2018, de 19 de junio, Vivienda de I. Balears
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»D.A. 20ª. Recalificación de viviendas protegidas de titularidad pública existentes en viviendas dotacionales
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Las viviendas protegidas de titularidad pública se pueden calificar motivadamente en viviendas o alojamientos dotacionales para destinarlas a los colectivos indicados en la letra l) del artículo 4 de esta ley. Esta recalificación se puede revertir cuando desaparezca la razón que la generó.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 20ª se añade) por Ley 4/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears y de otras medidas de simplificación y racionalización administrativas (PM de 13-06-2026) en vigor desde 14-06-2026
