Disposicion Adicional 20 Ley 9/2022, de 21 de diciembre, Cataluña, Ciencia
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»D.A. 20ª. Agentes Tecnio.
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El Gobierno, mediante el departamento competente en la regulación de la acreditación Tecnio, debe presentar, en el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, una propuesta de norma reglamentaria para definir el modelo de desarrollo que los agentes Tecnio deben cumplir en materia de transferencia de conocimiento, tecnología e innovación en función de las necesidades del tejido económico, industrial y social de Cataluña, y deben garantizar una financiación estructural basal a cargo de los presupuestos de la Generalidad con el objetivo de asegurar la suficiencia financiera y el cumplimiento de los objetivos establecidos.
Modificaciones
- Artículo modificado (se añade) por Ley 11/2026, de 9 de julio, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público (GC de 13-07-2026) en vigor desde 14-07-2026

