Disposicion Adicional . 31ª. Medidas en materia de salud. Ley 10/2026, de 9 de julio, Cataluña, Presupuestos 2026
D.A. 31ª. Medidas en materia de salud
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1. El Gobierno, en el marco de los recursos habilitados de acuerdo con la disposición adicional 24.3, debe dotar una partida presupuestaria de hasta 10.500.000,00 euros para construir el nuevo centro de atención primaria de Cal Gana, del Prat de Llobregat (Baix Llobregat).
2. El Gobierno, en el marco de los recursos habilitados de acuerdo con la disposición adicional 24.3, debe garantizar los recursos necesarios para construir el nuevo centro de atención primaria de Sitges (Garraf).
3. El Gobierno, en el marco de los recursos habilitados de acuerdo con la disposición adicional 24.3, debe garantizar los recursos necesarios para construir el nuevo centro de atención primaria de Arenys de Mar (Maresme).
4. El Gobierno, en el marco de los recursos habilitados de acuerdo con la disposición adicional 24.3, debe garantizar los recursos necesarios para adjudicar el proyecto para ampliar el Hospital de Sant Jaume de Calella (Maresme).
5. El Gobierno, en el marco de los recursos habilitados de acuerdo con la disposición adicional 24.3, debe garantizar los recursos necesarios para garantizar la prestación del servicio de cateterismos en el área sanitaria de Lleida (Segrià).
6. El Gobierno, en el marco de los recursos habilitados de acuerdo con la disposición adicional 24.3, debe garantizar los recursos necesarios para impulsar el Centro de Alta Resolución de Rubí - Sant Cugat - Castellbisbal (antiguamente Hospital Vicenç Ferrer) (Vallès Occidental) con la redacción del plan funcional.
7. El Gobierno, en el marco de los recursos habilitados de acuerdo con la disposición adicional 24.3, debe garantizar los recursos necesarios para la licitación del proyecto del Centro de Urgencias de Atención Primaria y del nuevo CAP Països Catalans, de Terrassa (Vallès Occidental).
8. El Gobierno, en el marco de los recursos habilitados de acuerdo con la disposición adicional 24.3, debe dotar una partida presupuestaria de hasta 150.000,00 euros para la redacción del proyecto constructivo del nuevo centro de atención primaria de Bescanó (Gironès).
9. El Gobierno, en el marco de los recursos habilitados de acuerdo con la disposición adicional 24.3, debe dotar una partida presupuestaria de hasta 1.188.065,70 euros para el derribo de un edificio y la construcción de un edificio plurifamiliar y centro de día en Caseres (Terra Alta).
10. El Gobierno, en el marco de los recursos habilitados de acuerdo con la disposición adicional 24.3, debe dotar una partida presupuestaria de hasta 100.000,00 euros para garantizar la aportación de la Generalitat de Catalunya al Servicio Catalán de la Salud para impulsar el hospital de proximidad de Cerdanyola del Vallès, Ripollet, Badia del Vallès, Barberà del Vallès y Montcada i Reixac (identificado como Hospital Ernest Lluch), el estudio del terreno, el plan funcional y el anteproyecto.
11. El Gobierno, en el marco de los recursos habilitados de acuerdo con la disposición adicional 24.3, debe dotar una partida presupuestaria de hasta 100.000,00 euros para garantizar la aportación de la Generalitat de Catalunya al Servicio Catalán de la Salud a fin de impulsar el Nou Hospital de les Terres de l'Ebre, el estudio de terreno, el plan funcional y el anteproyecto.
12. El Gobierno, en el marco de los recursos habilitados de acuerdo con la disposición adicional 24.3, debe dotar las siguientes partidas presupuestarias:
a) 385.000 euros para la Clínica Terres de l'Ebre.
b) 354.000 euros para el Hospital Santa Creu de Jesús.
c) 2.500.000 euros para el Hospital Comarcal d'Amposta.
13. El Gobierno, en el marco de los recursos habilitados de acuerdo con la disposición adicional 24.3, debe dotar una partida presupuestaria de hasta 60.000,00 euros para la Fundación Instituto Guttmann, para financiar el programa «Game over», de educación viaria, y colaborar en la difusión del servicio Invictos, de atención a las personas heridas gravemente en accidentes de tráfico, dentro de las partidas presupuestarias del Servicio Catalán de Tráfico.
14. El Gobierno, en el marco de los recursos habilitados de acuerdo con la disposición adicional 24.3, debe garantizar los recursos necesarios para garantizar la cobertura estable y a jornada completa de la plaza de facultativo o facultativa titular y del personal administrativo del dispensario de Can Sant Joan, de Montcada i Reixac (Vallès Occidental).

