Disposicion Adicional . 4.ª Equiparación de figuras de protección.. Ley 4/2026, de 24 de marzo, Andalucía
Ver Indice
»D.A. 4.ª Equiparación de figuras de protección.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Los bienes inscritos como bien de interés cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz a la entrada en vigor de la presente ley tendrán la consideración de bienes de interés cultural.
2. Los bienes inscritos como de catalogación general en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz a la entrada en vigor de la presente ley tendrán la consideración de bienes de interés patrimonial.
