Disposicion Adicional . 5ª. Plazas excepcionales en centros de acogida temporal para personas en situación de sin hogar, en centros residenciales de infancia y adolescencia, y en centros de día y residenciales de atención a personas con discapacidad y problemas graves de salud mental. D.129/2026, de 3 de septiembre, C.Valenciana, tipología y el funcionamiento de los centros, servicios y programas de los servicios sociales
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»D.A. 5ª. Plazas excepcionales en centros de acogida temporal para personas en situación de sin hogar, en centros residenciales de infancia y adolescencia, y en centros de día y residenciales de atención a personas con discapacidad y problemas graves de salud mental
Vigente
Mediante la orden de la conselleria competente por razón de la materia, en centros que dispongan de una autorización de funcionamiento definitiva a la entrada en vigor del presente decreto, ante situaciones de emergencia social, podrán regularse, de forma excepcional, condiciones especiales de espacio y ocupación.
En todo caso, deberán garantizarse el cumplimiento de las condiciones básicas de seguridad relativas a la protección contra incendios.
Las condiciones de accesibilidad se exigirán en función de las personas usuarias del recurso a habilitar.

