Disposicion Adicional 5 ...imen local

Disposicion Adicional 5 DLeg. 2/2003, de 28 de abril, Cataluña, TR. de la Ley municipal y de régimen local

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DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Régimen jurídico aplicable a Arán.

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En el marco de lo dispuesto por los artículos 2, 5 y 11 del Estatuto de autonomía de Cataluña y la disposición adicional decimoséptima de la Ley del Estado 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, la legislación de régimen local solo debe aplicarse a Arán y al Consejo General de Arán en ausencia de regulación específica, respetando, en todo caso, la posición singular de Arán y de acuerdo con la legislación propia de su régimen especial.