Disposicion Adicional 5 RD. 1721/2007, de 21 de diciembre, Régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas
- Téngase en cuenta sobre medidas en materia de becas y ayudas para el curso 2022-2023 lo establecido en el título IV del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2022-12925 - Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad economica en el ambito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, asi como de medidas de ahorro, eficiencia energetica y de reduccion de la dependencia energetica del gas natural.
D.A. 5ª. Competencia en materia de estudios no presenciales cursados por estudiantes catalanes y becas de colaboración de esa comunidad autónoma.
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En el caso de la Comunidad Autónoma de Cataluña, el Grupo de Trabajo a que hace referencia el apartado D).2 del anexo del Real Decreto 261/2025, de 1 de abril, de ampliación de funciones y servicios traspasados a la Generalitat de Cataluña por el Real Decreto 2809/1980, de 3 de octubre, en materia de Enseñanza, y por el Real Decreto 305/1985, de 6 de febrero, en materia de Universidades: becas y ayudas al estudio, podrá acordar que las becas para estudios no presenciales se rijan por las mismas reglas competenciales que las presenciales y se soliciten a la administración educativa correspondiente al domicilio familiar de la persona solicitante, y que en las becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios se utilice para determinar la competencia el criterio unitario de la universidad en que esté matriculada la persona solicitante.
- Artículo modificado (se añade) por Real Decreto 179/2026, de 11 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2026-2027, y se modifica el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. (BOE de 12-03-2026) en vigor desde 13-03-2026
