Disposicion Adicional . 6ª. Beneficios fiscales y cargas tributarias.. Decreto Ley n.º 3/2026, de 3 de julio, Murcia, Vivienda Asequible de la Región de Murcia y medidas urgentes en materia urbanística
- Norma convalidada por la Diputación Permanente de la Asamblea Regional de Murcia, en sesión celebrada el día 22 de julio de 2026. - Resolución por la que se ordena la publicación del acuerdo de la Diputación Permanente de la Asamblea Regional de Murcia, de fecha 22 de julio de 2026, por el que se acuerda la convalidación del Decreto-ley 3/2026, de 3 de julio, de "vivienda asequible de la Región de Murcia" y de medidas urgentes en materia urbanística.
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»D.A. 6ª. Beneficios fiscales y cargas tributarias.
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Las personas adquirentes, adjudicatarias o promotoras individuales de una vivienda destinada a residencia habitual y permanente, en los términos establecidos en la normativa tributaria podrán beneficiarse del prorrateo temporal de los beneficios fiscales y cargas tributarias vinculados a su adquisición o adjudicación, siempre que mantengan dicha condición durante un período mínimo de diez años, en los términos que se desarrollen reglamentariamente.

