Disposicion Adicional 6 Ley 2/2007, de 16 de marzo, Cuerpos y escalas de la Administración de I. Balears
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»D.A. 6ª. Titulaciones y otros requisitos de acceso a los diferentes cuerpos y escalas.
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1. Además de las titulaciones previstas en esta ley, permiten el acceso a los diferentes cuerpos y escalas las titulaciones y los requisitos siguientes:
a) El título de formación profesional de grado medio en farmacia y parafarmacia es la titulación exigida para acceder a la especialidad en farmacia y parafarmacia, escala sanitaria, cuerpo ayudante facultativo.
b) El certificado de formación básica marítima es el requisito exigido para acceder a la especialidad de agente de pesca, escala de agentes de medio ambiente, cuerpo ayudante facultativo.
c) Para acceder a la escala de agentes de medio ambiente del cuerpo ayudante facultativo se exige el permiso de conducir B.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 6ª se añade) por Ley 4/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears y de otras medidas de simplificación y racionalización administrativas (PM de 13-06-2026) en vigor desde 14-06-2026
