Disposicion Adicional . 8ª. Ampliaciones de capital en las Sociedades mercantiles autonómicas.. Ley 4/2026, de 28 de abril, Cantabria, Presupuestos Generales 2026
Ver Indice
»D.A. 8ª. Ampliaciones de capital en las Sociedades mercantiles autonómicas.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Con anterioridad al acuerdo de ampliación de capital que, en su caso, adopte el órgano competente, las sociedades mercantiles integradas en el Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria deberán obtener el informe vinculante de la Dirección General de Tesorería, Presupuestos y Política Financiera en relación a los efectos del citado acuerdo en la estabilidad presupuestaria y disponibilidades de tesorería de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
