Disposicion Adicional 0 ... turístico

Disposicion Adicional 0 Decreto 48/2016, de 10 de agosto, Asturias, Viviendas vacacionales y viviendas de uso turístico

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D.A. Única. Colaboración entre la Comunidad Autónoma y los Ayuntamientos.

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La Administración del Principado de Asturias podrá suscribir convenios de colaboración con aquellos Ayuntamientos que así lo soliciten para facilitar el cumplimiento del presente decreto, especialmente en lo relativo al registro y comprobación de requisitos establecidos en la Ley del Principado de Asturias 7/2001, de 22 de junio de 2001, de Turismo y en el presente decreto facilitando, en su caso, asesoramiento y formación técnica específica e impulsando medidas de simplificación administrativa con el fin de evitar cargas burocráticas excesivas en el ejercicio de las actividades turísticas.