D.DT. Única. Derogación normativa.. Ley 3/2026, de 16 de junio, Canarias, Cabildos Insulares
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Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente ley. En especial, queda derogada la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, y los artículos 10, 11, 12, 13, 15 y 18, las disposiciones adicionales primera, segunda, quinta y sexta, y las disposiciones transitorias tercera, cuarta y séptima de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.
