Disposicion Final . 1.ª Adaptación de los reglamentos orgánicos de los cabildos insulares.. Ley 3/2026, de 16 de junio, Canarias, Cabildos Insulares
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»D.F. 1.ª Adaptación de los reglamentos orgánicos de los cabildos insulares.
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Los cabildos insulares aprobarán sus reglamentos orgánicos, adaptándose a las previsiones de la presente ley, en el plazo máximo de dos años desde su entrada en vigor, que serán publicados en el boletín oficial de la provincia que corresponda y en el Boletín Oficial de Canarias.
