Disposicion Final . 12ª. Modificaciones del Decreto 9/2019, de 15 de febrero, por el que se regula el régimen jurídico aplicable a la concesión de títulos habilitantes para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por ondas terrestres y a la inscripción de estos títulos en el Registro de títulos habilitantes para la radiodifusión sonora analógica y digital en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Ley 4/2026, de 11 de junio, Baleares, medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica
D.F. 12ª. Modificaciones del Decreto 9/2019, de 15 de febrero, por el que se regula el régimen jurídico aplicable a la concesión de títulos habilitantes para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por ondas terrestres y a la inscripción de estos títulos en el Registro de títulos habilitantes para la radiodifusión sonora analógica y digital en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. El último inciso del apartado 1 del artículo 42 del Decreto 9/2019, de 15 de febrero, por el que se regula el régimen jurídico aplicable a la concesión de títulos habilitantes para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por ondas terrestres y a la inscripción de estos títulos en el Registro de títulos habilitantes para la radiodifusión sonora analógica y digital en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears, queda modificado de la siguiente forma:
"Este control se llevará a cabo mediante los servicios administrativos dependientes de la dirección general de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones."
2. La letra a) del apartado 2 del artículo 43 del citado Decreto 9/2019 queda modificada de la siguiente forma:
"a) A la presidencia de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones, la iniciación y la designación del instructor, así como la imposición de sanciones por la comisión de infracciones leves o graves."
