Disposicion Final . 2ª. Modificación del Decreto 142/2010, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Cartera de servicios sociales 2010-2011.. Decreto ley 4/2026, de 28 de abril, Cataluña, medidas urgentes en el ámbito de la dependencia
D.F. 2ª. Modificación del Decreto 142/2010, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Cartera de servicios sociales 2010-2011.
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Se modifican las fichas del servicio de valoración (código 1.2.6.1.1.2) y del servicio de valoración de la dependencia (código 1.2.2.1.2) del anexo 1 del Decreto 142/2010, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Cartera de servicios sociales 2010-2011, cuya redacción pasa a ser la siguiente:
Se modifican las fichas del servicio de valoración (código 1.2.6.1.1.2) y del servicio de valoración de la dependencia (código 1.2.2.1.2) del anexo 1 del Decreto 142/2010, de 11 de octubre, por el que se aprueba la Cartera de servicios sociales 2010-2011, cuya redacción pasa a ser la siguiente:
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Prestación |
1.2.6.1.1.2 Servicio de valoración de la discapacidad |
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Garantía de la prestación |
Prestación garantizada. |
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Descripción |
Servicio que se presta mediante la intervención de los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad, con la finalidad de emitir dictámenes técnico-facultativos sobre las circunstancias físicas, mentales y sociales de las personas con discapacidades físicas, intelectuales y sensoriales que lo necesiten, a efectos de declarar la condición de beneficiarias de las prestaciones económicas o de servicios que les puedan corresponder. Estos equipos constituyen los órganos titulares de la función pública de reconocimiento de la condición legal de discapacidad. |
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Objeto |
Valoración para el reconocimiento de la condición legal de persona con discapacidad y para el acceso a otras prestaciones, coordinación y apoyo técnico. |
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Funciones |
Emisión de los dictámenes técnico-facultativos que se deriven del reconocimiento de la condición legal de persona con discapacidad y todos los dictámenes preceptivos necesarios para otras prestaciones. |
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Propuesta de asignación de prestaciones o ingresos a servicios. |
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Seguimiento. |
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Emisión de certificados de aptitud laboral y para el ingreso en centros ocupacionales o centros especiales de trabajo. |
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Emisión de dictámenes de adecuación a puesto de trabajo en la función pública. |
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Las demás funciones establecidas por el ordenamiento jurídico vigente. |
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Tipología de la prestación |
Prestación de servicio: servicio especializado. |
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Situación de la población destinataria |
Personas con discapacidad. |
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Edad de la población destinataria |
Población general. |
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Forma de prestación |
Mediante la intervención del equipo de profesionales. |
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Perfiles profesionales |
Director o directora responsable y profesionales de los ámbitos sanitario y social (con titulación universitaria). |
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Ratios de profesionales |
Se contará con el número y los perfiles suficientes de profesionales para la prestación del servicio. |
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Estándares de calidad |
Los que establezca el Plan de calidad previsto en la Ley de servicios sociales para esta prestación. |
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Criterios de acceso - normativa reguladora |
Los requisitos para acceder a este servicio son los siguientes: a) residir en un municipio de Cataluña; b) en el caso de las personas extranjeras, cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente de extranjería y de acogida e integración de las personas inmigradas; c) cumplir con el resto de los requisitos de acceso establecidos en el ordenamiento jurídico vigente. |
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Prestación |
1.2.2.1.2 Servicio de valoración de la dependencia |
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Garantía de la prestación |
Prestación garantizada. |
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Descripción |
Servicio formado por equipos multidisciplinares cuya misión es la valoración de la dependencia, de acuerdo con los baremos aprobados por la Ley 39/2006, con el asesoramiento experto necesario para garantizar la calidad. |
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Objeto |
Valoración técnica de la dependencia y emisión de propuesta de grado de dependencia. |
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Funciones |
Recepción y gestión de las demandas de valoración (requerimientos de documentación, agenda y gestión de incidencias). |
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Valoración del grado de dependencia y de las revisiones de grado por modificación de la situación. |
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Elaboración de dictámenes-propuesta para emitir la resolución de grado. |
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Información y orientación a la persona sobre el proceso de reconocimiento. |
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Las demás funciones que establece el ordenamiento jurídico vigente. |
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Tipología de la prestación |
Prestación de servicio: servicio especializado. |
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Situación de la población destinataria |
Dependencia. |
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Edad de la población destinataria |
Población en general. |
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Forma de prestación |
Mediante la intervención del equipo de profesionales. |
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Perfiles profesionales |
Equipo de valoración formado por profesionales del ámbito sanitario y/o social (con titulación universitaria). |
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Estándares de calidad |
Los que establezca el Plan de calidad previsto en la Ley de servicios sociales para esta prestación. |
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Criterios de acceso - normativa reguladora |
Los requisitos para acceder a este servicio son los siguientes: a) residir en un municipio de Cataluña y, en su caso, cumplir el requisito de residencia establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre; b) en el caso de las personas extranjeras, cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente de extranjería y de acogida e integración de las personas inmigradas; c) en el supuesto de revisión de la situación de dependencia, acreditarla mediante la resolución emitida por el órgano de valoración correspondiente, de acuerdo con el Real decreto 504/2007, de 20 de abril; d) cumplir con el resto de requisitos de acceso establecidos en el ordenamiento jurídico vigente. |
