Disposicion Final . 2ª. Pluridiscapacidad y cartera de servicios sociales. Ley 11/2026, de 9 de julio, Cataluña, Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público
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»D.F. 2ª. Pluridiscapacidad y cartera de servicios sociales
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El departamento competente en materia de servicios sociales debe valorar, en el procedimiento de revisión y actualización de la cartera de servicios sociales, la especificidad de las personas con pluridiscapacidad en cuanto a intensidades de apoyo, ratios y perfiles profesionales adecuados a su complejidad multidisciplinaria con la participación de las entidades representativas y especializadas en la atención a este colectivo.
