D Ley 2/2026, de 6 de marzo, Cataluña

D. Ley 2/2026, de 6 de marzo, Cataluña

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D.F. 2.ª Entrada en vigor

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La presente ley entra en vigor el 1 de abril de 2026.

Por tanto, ordeno que toda la ciudadanía a la cual sea aplicable esta Ley coopere en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.

Palacio de la Generalitat, 6 de marzo de 2026

Salvador Illa i Roca

Presidente de la Generalitat de Catalunya

Alícia Romero Llano

Consejera de Economía y Finanzas