D. Ley 2/2026, de 6 de marzo, Cataluña
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»D.F. 2.ª Entrada en vigor
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La presente ley entra en vigor el 1 de abril de 2026.
Por tanto, ordeno que toda la ciudadanía a la cual sea aplicable esta Ley coopere en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Palacio de la Generalitat, 6 de marzo de 2026
Salvador Illa i Roca
Presidente de la Generalitat de Catalunya
Alícia Romero Llano
Consejera de Economía y Finanzas
