Disposicion Final . 2. Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero
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»D.F. 2ª. Títulos competenciales.
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Este real decreto-ley se dicta al amparo de lo establecido en las reglas 7.ª, 17.ª y 18.ª del artículo 149.1 de la Constitución Española, que atribuyen al Estado, respectivamente, las competencias exclusivas en materia de legislación laboral; sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas; la legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas; y las bases del régimen estatutario de los funcionarios.
