Disposicion Final . 4ª. Entrada en vigor. ORDEN de 2 de junio de 2026, Galicia, llevanza de los libros registro y el deber de información de las personas mediadoras de seguros y reaseguros privados
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La presente orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 2 de junio de 2026
Miguel Corgos López-Prado
Conselleiro de Hacienda y Administración Pública
