Disposicion Final 43ª. ... económica

Disposicion Final . 43ª. Modificación de la Ley 6/1997, de 8 de julio, del suelo rústico de las Illes Balears. Ley 4/2026, de 11 de junio, Baleares, medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica

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D.F. 43ª. Modificación de la Ley 6/1997, de 8 de julio, del suelo rústico de las Illes Balears

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Se añade un tercer párrafo al apartado 1 de la disposición adicional octava de la Ley 6/1997, de 8 de julio, del suelo rústico de las Illes Balears, con la siguiente redacción:

“En todo caso, la implantación de infraestructuras del ciclo del agua, que tengan la consideración de equipamientos sensibles, en zonas de flujo preferente o zonas inundables quedará condicionada únicamente al cumplimiento de lo que disponen los artículos 9 bis y 14 bis del Reglamento del dominio público hidráulico y al régimen de autorización previsto en el artículo 91 del Plan Hidrológico de las Illes Balears.”