Disposicion Final . 5ª. Entrada en vigor.. Ley 1/2026, de 8 de abril
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»D.F. 5ª. Entrada en vigor.
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1. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
2. No obstante lo anterior, la obligación para las cooperativas de más de quinientas personas socias de tener una página web corporativa, prevista en el nuevo artículo 3 bis 1, párrafo segundo, de la Ley 27/1999, de 16 de julio, entrará en vigor al año de la entrada en vigor de esta ley.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
8 de abril de 2026.
FELIPE R.
El Presidente del Gobierno,
PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN
Modificaciones
- Modificación realizada (corrección de errores) por Corrección de errores de la Ley 1/2026, de 8 de abril, integral de impulso de la economía social. (BOE de 10-04-2026) en vigor desde 10-04-2026
