Disposicion Final . 7ª. Entrada en vigor.. Ley 8/2026, de 2 de julio, Cataluña, erradicación del amianto
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»D.F. 7ª. Entrada en vigor.
Vacatio legis
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La presente ley entra en vigor a los tres meses de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, excepto el capítulo II del título IV, que entra en vigor en el momento de la aprobación del decreto que desarrolle el régimen sancionador. Hasta ese momento se aplican las disposiciones sancionadoras generales en materia ambiental.
Por tanto, ordeno que toda la ciudadanía a la cual sea aplicable esta Ley coopere en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Palacio de la Generalitat, 2 de julio de 2026
Salvador Illa i Roca
Presidente de la Generalitat de Catalunya
Sílvia Paneque i Sureda
Consejera de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica
