Disposición �nico se co... las obras

Disposición �nico se convalida la tasa por gastos y remuneraciones en dirección e inspección de las obras

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Disposición general segunda.

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Este Decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y a partir de esta fecha quedarán derogadas las siguientes disposiciones del Ministerio de Obras Públicas, en la parte en que se opongan al presente Decreto:

Decreto de nueve de marzo de mil novecientos cuarenta.

Orden ministerial de veintinueve de marzo de mil novecientos cuarenta.

Orden ministerial de uno de marzo de mil novecientos cuarenta y cinco.

Orden circular de veintinueve de enero de mil novecientos cuarenta y siete.

Decreto de veintiuno de noviembre de mil novecientos cuarenta y siete.

Orden ministerial de tres de diciembre de mil novecientos cuarenta y nueve

Orden ministerial de veinte de julio de mil novecientos cincuenta y cinco.

Orden ministerial de veintitrés de septiembre de mil novecientos cincuenta y cinco.

Orden ministerial de quince de julio de mil novecientos cincuenta y siete.