Disposicion �nico Libro tercero del Codigo civil de Cataluña, relativo a las personas juridicas
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»DISPOSICIÓN DEROGATORIA PRIMERA. Derogación de varios preceptos de la Ley 7/1997.
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Quedan derogados los artículos 1 a 29 y 33 a 35, el artículo 38.d, la disposición adicional y las disposiciones finales de la Ley 7/1997, de 18 de junio, de asociaciones.

