DisposiciÓn �nico nica Turismo de C. Valenciana -Derogada-
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. Autorización previa para la contratación de las acciones de promoción turística
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A efectos de la coordinación de la promoción e imagen de la Generalitat, la contratación y ejecución de las acciones de promoción turística previstas en el título II de esta ley, requerirán autorización previa de la secretaria autonómica competente en materia de comunicación de la Generalitat.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 13/2016, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
(GV de 31-12-2016) en vigor desde 01-01-2017
