Disposicion �nico opera...-Derogado-

Disposicion �nico operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español -Derogado-

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DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.

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1. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango sean contrarias a lo dispuesto en este Real Decreto y, en particular, las siguientes:

  1. Real Decreto 2115/1998, de 2 de octubre, sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del anexo I de este Real Decreto.

  2. Orden de 24 de abril de 2000, por el que se regula el parte de accidente para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable.

  3. Orden CTE/964/2004, de 31 de marzo, por la que se actualiza el anexo 3 y se modifica el anexo 4, el anexo 6 y diversos apéndices del anexo 5 del Real Decreto 2115/1998, de 2 de octubre, sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera.

2. Continúan vigentes las disposiciones relacionadas en el anexo III, en la parte no regulada por este Real Decreto y en tanto no se opongan a lo establecido en él o en el ADR.