DisposiciÓn �nico undcima Servicios sociales de Cataluña
Ver Indice
»DISPOSICIÓN ADICIONAL UNDÉCIMA. Régimen general de precios de los establecimientos residenciales.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
A los efectos del régimen general de precios de los establecimientos residenciales regulado por el artículo 23.4 del Decreto 284/1996, de 23 de julio, de regulación del Sistema Catalán de Servicios Sociales, la liquidación por baja definitiva de los usuarios de los establecimientos residenciales debe efectuarse en el plazo de dos meses.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 11ª (se añade)) por LEY 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
(GC de 30-03-2017) en vigor desde 31-03-2017
