Disposicion �nico Medidas 2008 fiscales y financieras
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»DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
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1. Se deroga la disposición transitoria primera de la Ley 7/1996, de 5 de julio, de organización de los servicios jurídicos de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
2. Se deroga el artículo 8 de la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
3. Se derogan las letras a y b del artículo 21 de la Ley 4/2000, de 26 de mayo, de medidas fiscales y administrativas.
4. Se derogan las disposiciones de rango igual o inferior que contradigan lo establecido por la presente Ley, se le opongan o resulten incompatibles con la misma.
