Disposicion Transitoria . 1ª. Vigencia de la normativa reguladora de los registros existentes.. DECRETO 19/2015, de 5 de marzo
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»D.T. 1ª. Vigencia de la normativa reguladora de los registros existentes.
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En lo que no se opongan al presente decreto, continuarán en vigor y serán aplicables las disposiciones reguladoras de los Registros, bases de datos y catálogos a los que se refiere la disposición adicional primera.

