Disposicion Transitoria ...o, Navarra

Disposicion Transitoria . 1. DECRETO FORAL 13/2026, de 25 de febrero, Navarra

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D.T. 1ª. -No exigibilidad transitoria del impuesto complementario para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud.

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A efectos de lo dispuesto en la disposición transitoria tercera, apartado 4, de la ley foral del impuesto, el periodo de cinco años a que se refiere el apartado 2 de dicha disposición empezará a contar a partir del inicio del primer período impositivo en el que la regla de beneficios insuficientemente gravados resulte exigible, tomando en consideración lo dispuesto en la disposición final quinta y en la disposición transitoria sexta, ambas de la ley foral del impuesto.