Disposicion Transitoria . 1. ORDEN de 17 de marzo de 2026, P. Vasco
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Las solicitudes de homologación presentadas en el IVAP con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden y que sean impulsadas y organizadas por las instituciones y entidades a las que se refiere el artículo 1 de la presente Orden, se regirán por lo establecido en la Orden de 8 de marzo de 2017, del consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se regulan los requisitos y el procedimiento para la homologación de acciones formativas por parte del Instituto Vasco de Administración Pública; y ello con independencia de la fecha en la que tengan lugar las acciones formativas cuya homologación se hubiera solicitado.
