Disposicion Transitoria . 1ª. Actualización del Sistema de Información de Puntos de Suministro.. Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica
Ver Indice
»D.T. 1ª. Actualización del Sistema de Información de Puntos de Suministro.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las empresas distribuidoras dispondrán de un plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de este real decreto para publicar en el Sistema de Información de Puntos de Suministro los nuevos datos recogidos en el anexo I del Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica.
